Proyecto Ayuí. Analizaran posibles efectos sobre el río Uruguay

Fecha: 26/11/2010

Proyecto Ayuí. Analizaran posibles efectos sobre el río Uruguay

Al respecto, la CSJ resolvió “hacer lugar a la acción de amparo interpuesta por el Estado nacional, y, en consecuencia, entregar al actor los expedientes administrativos acompañados en copia certificada por la provincia de Corrientes, a los efectos de que en el plazo de noventa días corridos a partir del quinto día de notificada la decisión, se analizara si las obras concernientes al “proyecto Productivo Ayuí Grande” se encuentran alcanzadas por las previsiones contenidas en los artículos 7mo al 13 del Estatuto del Río Uruguay de 1975. Por el mismo plazo se suspenden además las obras proyectadas”, expresa la medida. Los artículos del estatuto citado, indican que la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU), deberá realizar una evaluación del efecto probable que la obra ocasionará a la navegación, al régimen del río o a la calidad de sus aguas estableciendo plazos determinados para que se expida al respecto.

En los considerandos de la medida de máximo tribunal de justicia, se hace referencia a los informes y documentación presentados por el ICAA; así se mencionan las respuestas en cuanto a la solicitud de información sobre el inicio de obras, su estado de avance o para cuando se encuentra programado el inicio de las tareas; se expresa que el estado provincial contestó que el emprendimiento aún no comenzó y que no existe una fecha programa para su inicio.
En tal sentido se destacó que el ICAA mediante Resolución Nº 794/2009 -ratificada por Decreto provincial Nº 1353/2009- emitió la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y que en el art. 2do se prevé un período de 360 días corridos a partir de su entrada en vigencia, para que se inicien las obras. Se menciona además que el articulo 3ro de la Resolución del ICAA impone la obligación de comunicar con 60 días de anticipación el inicio de aquellas y cualquier tipo de modificación sobre el proyecto, debiendo también acompañar a los responsables los programas de Actividades del Plan de Gestión Ambiental, de conformidad e indicó que el ICAA no ha recibido comunicación alguna al respecto.

También se hace referencia a la “aprobación provisoria” de la Dirección de Recursos Naturales de la provincia, pero que para obtener la aprobación definitiva y la autorización para iniciar los trabajos, debe establecerse previamente un “Cronograma de actividades de las propuestas a desarrollar en las categorías de Areas de Conservación”. Y que al no haberse cumplido con esa exigencia, no podrán iniciarse las tareas correspondientes al cambio de uso de suelo de los bosques nativos. Se menciona además que la probación del “proyecto de Obras Principales y complementarias del Proyecto productivo Ayuí Grande” (Resolución Nº 424/2010 del ICAA) no implica la autorización para su inicio.

Asimismo el ICAA informó el dictado de las resoluciones mediante las cuales se otorgó la Concesión de las aguas públicas, a su vez, se acompañó copia de la resolución por medio de la cual se decidió suspender los efectos de las resoluciones hasta tanto se adopte una decisión judicial.
Se indica también en los considerandos de la CSJ la existencia del intercambio epistolar que existió entre el ICAA y la Delegación Argentina de la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) y que han sido las autoridades nacionales quienes no asistieron a la Audiencia Pública a la que fueron invitadas, ni se acercaron al ICAA a examinar la documentación relativa al proyecto, la cual, dado su carácter público, siempre estuvo a su disposición. Se menciona asimismo, que la provincia de Corrientes reivindicó el derecho a poder explotar sus recursos naturales de manera sustentable y amigable con le medio ambiente, como así el derecho al desarrollo y el principio de participación equitativa de las aguas y señaló que entre los estados provinciales y países vecinos, Corrientes es la que menor intervención agrícola posee y por lo tanto la que menor aprovechamiento realiza de las aguas del río en cuestión. La provincia acompañó como prueba documental copias certificadas de los expedientes administrativos en los que constan los antecedentes del emprendimiento denominado “Proyecto Productivo Ayuí Grande”.