– Aranceles comunes | ||
Para cualquier inicio de trámites en el organismo se deberá completar el Formulario de inicio de Trámites y abonar los ítems 1 y 2.
Luego deberá verificar (más abajo) en la nomina completa de Aranceles específicos por Área, Aranceles por Servicios Administrativos o Aranceles No previstos el valor del pago según el motivo del trámite. |
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ÍTEM | DESCRIPCIÓN | VALOR |
1 | Inicio de Expediente: Timbrado de Ley
ó Presentación de Recurso: Timbrado de Ley |
Según Código Fiscal
(Abonar en Banco de Corrientes S.A.) |
2 | Timbrado Inicio de Trámite ICAA.
Para todas las presentaciones de estudios técnicos afectadas a este Organismo. |
$ 540 ,00 (pesos quinientos cuarenta)
(Abonar en la Gerencia de Gestión Económica ICAA o Banco de Corrientes S.A.* presentando comprobante de depósito o transferencia en la Cuenta Corriente 130704/002 CBU 0940099314001307040022) |
*Toda operación bancaria efectuada por los interesados deberá ser comunicada al ICAA, presentando y/o enviando el comprobante de la operación por fax al (0379) 4460960 ó 4431273 ó por correo electrónico a pagoseconomica.icaa@corrientes.gob.ar especificando el número de expediente. Depósito o transferencia Cuenta Corriente Banco de Corrientes S.A. Casa Matriz 130704/002 Instituto Correntino del Agua y del Ambiente – CUIT 30-60809025-4 CBU 0940099314001307040022. |
– Aranceles por Servicios Administrativos | ||
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | VALOR |
E.1)
Res. Nº 637/19 |
Fotocopias simples de documentación | $10,00 (pesos diez) por cada hoja fotocopiada en tamaño A4 ó legal |
E.2)
Res. Nº 637/19 |
Fotocopias certificadas de documentación | $20,00 (pesos veinte) por cada foja certificada |
Podrá abonarse en la Gerencia de Gestión Económica ICAA Oficina Nº 6 en efectivo y/o Banco de Corrientes S.A. presentando comprobante de depósito o transferencia en la Cuenta Corriente 130704/002 CBU 094009931400130704002 | ||
F)
Res. Nº 341/19 |
ARANCELES NO PREVISTOS | Cuando la gestión a realizar no esté contemplada en la presente, se determinará el arancel atendiendo a la naturaleza y el carácter de la actividad correspondiente. |
INSPECCIONES | El monto del arancel surgirá del costo de la inspección más un adicional del 25% (veinticinco por ciento) | |
– Aranceles Específicos por Área |
Toda operación bancaria efectuada por los interesados deberá ser comunicada al ICAA, presentando y/o enviando el comprobante de la operación por fax al (0379) 4460960 ó 4431273 ó por correo electrónico a pagoseconomica.icaa@corrientes.gob.ar especificando el número de expediente. Depósito o transferencia Cuenta Corriente Banco de Corrientes S.A. Casa Matriz 130704/002 Instituto Correntino del Agua y del Ambiente – CUIT 30-60809025-4 CBU 0940099314001307040022. | ||
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | VALOR |
A.1)
Res. Nº 637/19 |
Presentación de Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) hasta 20 (Veinte) fojas. |
$540 (pesos quinientos cuarenta) -Bonificación por adhesión a Buenas Prácticas Ambientales en oficinas públicas)
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A.1.1)
Res. Nº 637/19 |
Presentación de Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) para los estudios que superen las 20 hojas con impresión a simple faz. | $8.700 (pesos ocho mil setecientos) . |
A.2) | EMISIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO | |
A.2.1) | Certificación Ambiental para proyectos productivos de cultivos,proyectos forestales y Cumplimiento de normativa ambiental según Ministerio del Interior – Dirección de Asuntos Técnicos de Frontera -Comisión Nacional Zonas de Seguridad | Valor en pesos equivalente a un (1) litro de Nafta Súper del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la Ciudad de Corrientes por hectárea solicitada (1/ha). |
Certificación de Cumplimiento de normativa ambiental requerida por el Ministerio del Interior – Dirección de Asuntos Técnicos de Frontera Comisión Nacional Zonas de Seguridad | Valor en pesos equivalente a un (1) litro de Nafta Súper del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes por hectárea (1 ha) solicitada | |
Certificación ambiental en la que se otorgue Viabilidad Ambiental o Declaración de Impacto Ambiental, para proyectos forestales y/o plantaciones logradas. (Esta certificación es necesaria a los efectos de rubricar el Formulario C1 – Anexo III del MINAGRI para los proyectos comprendidos en el marco de la Ley Nº 25.080) | Valor en pesos equivalente a un (1) litro de Nafta Súper del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes por hectárea (1 ha) solicitada | |
Certificación Ambiental en la que se otorgue Viabilidad Ambiental o Declaración de Impacto Ambiental, para proyectos productivos arroceros | Valor en pesos equivalente a un (1) litro de nafta súper del Automóvil Club Argentino (ACA), con asiento en la ciudad de Corrientes, por hectárea solicitada | |
Certificación Ambiental en la que se otorgue Viabilidad Ambiental o Declaración de Impacto Ambiental, para proyectos productivos de otro tipo de cultivos | Valor en pesos equivalente a un (1) litro de nafta súper del Automóvil Club Argentino (ACA), con asiento en la ciudad de Corrientes, por hectárea solicitada | |
A.2.2)
Res. Nº637/19 |
Otras Certificaciones Ambientales (Incluye renovaciones y ampliaciones de las certificaciones ambientales otorgadas oportunamente) | $15.880 (pesos quince mil ochocientos ochenta) |
A.2.3)
Res. Nº 637/19 |
Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para proyectos de cambio de Uso de Suelos | Valor en pesos equivalente a tres (3) litros de Nafta Súper del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la Ciudad de Corrientes por hectárea solicitada (1/ha). |
A.2.4)
Res. Nº 637/19 |
Certificación Ambiental por falta de merito para Presentación de Estudios de Inpacto Ambiental (EsIA) | $5.300 (cinco mil trescientos ) |
A.2.5)
Res. Nº 637/19 |
Certificación Ambiental para Loteo | $4.740 por Lote proyectado (cuatro mil setecientos cuarenta)
Bonificación por adhesión a Buenas Prácticas Ambientales consistente en la reducción del veinticinco por ciento (25%) del arancel: $3.560 (pesos tres mil quinientos sesenta) |
AMPLIATORIA DE INFORMACIÓN | ||
A.3.1)
Res. Nº 637/19 |
Ampliatoria complementaria inferior (cuando no obedezca a temas fundamentales pero si necesarios y contemplados en el marco normativo | $2.130 (pesos dos mil ciento treinta) |
A.3.2)
Res. Nº 637/19 |
Ampliatoria complementaria media (cuando lo requerido pueda ser considera como fundamental) | $5.300 (pesos cinco mil trescientos) |
A.3.3)
Res. Nº 637/19 |
Ampliatoria complementaria superior (cuando se incurriera en errores graves, falta de información relevante, etcétera) | $15.880 (pesos quince mil ochocientos ochenta) |
A.3.4)
Res. Nº 341/19 |
Incoherencia en la información solicitada (cuando se evidencien incoherencias, contradicciones, etcétera que indiquen claramente una falta de criterio en la presentación) | $42.320 (pesos cuarenta y dos mil trescientos veinte) |
A.4) | Cumplimiento del Plan de Vigilancia y Control Auditoria Ambiental – Inspección | El monto del arancel surgirá del costo de la inspección más un adicional del 25% (veinticinco por ciento) |
A.5)? | AMPLIACIÓN DE VIABILIDAD AMBIENTAL Y/O DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL. Se aplicará cuando se produzca, a solicitud del titular del proyecto, modificación (ampliación) del/los proyectos oportunamente presentados previo informe actualizado por parte del proponente e inspección. En ella podrán modificarse las condiciones establecidas en la Viabilidad Ambiental otorgada oportunamente y en el Plan de Gestión Ambiental. |
$7.901,00 (pesos siete mil novecientos uno) |
A.6) | REPCA Registro de Consultores Ambientales* | |
A.6.1)
Res. Nº 637/19 |
Inscripción de Personas Físicas | $5.940 (pesos cinco mil novecientos cuarenta ) |
A.6.2)
Res. Nº 637/19 |
Renovación de Personas Físicas | $2.970 (pesos dos mil novecientos setenta) |
A.6.3)
Res. Nº 637/19 |
Inscripción de Personas Jurídicas | $11.870 (pesos once mil ochocientos setenta) |
A.6.4)
Res. Nº 637/19 |
Renovación de Personas Jurídicas | $5.940 (pesos cinco mil novecientos cuarenta) |
*ACLARATORIA Queda eximido de todo pago de aranceles a los Organismos Oficiales y Consultores Ambientales en relación de dependencia, cuando tramiten expedientes del organismo del cual dependen |
Toda operación bancaria efectuada por los interesados deberá ser comunicada al ICAA, presentando y/o enviando el comprobante de la operación por fax al (0379) 4460960 ó 4431273 ó por correo electrónico a pagoseconomica.icaa@corrientes.gob.ar especificando el número de expediente. Depósito o transferencia Cuenta Corriente Banco de Corrientes S.A. Casa Matriz 130704/001 Instituto Correntino del Agua y del Ambiente – CUIT 30-60809025-4 CBU 0940099314001307040015 | ||
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | VALOR |
B.1.1)
Res. Nº 637/19 |
Solicitud de gestión administrativa minera | $540 (pesos quinientos cuarenta ) |
B.1.2)
Res. Nº 637/19 |
Solicitud de libre deuda para trámites | $850 (pesos ochocientos cincuenta) |
B.1.3) | Renuncia o denegación por no complementar en tiempo y forma la información solicitada del permiso de exploración (cateo) | No procederá al reintegro del canon |
B.1.4) | Denegación del permiso por motivos diferentes a lo estipulado en el ítem B.1.3 de la Resolución Nº 568/11 | 50% (cincuenta por ciento) del total del canon abonado en concepto de gastos de naturaleza técnico administrativa. |
B.2.1) | Otorgamiento del permiso de exploración (cateo) de minerales | 10% (diez por ciento) del canon establecido en el Código de Minería |
B.2.2) | Para otorgar la concesión legal de descubrimiento de minas de 1ª y 2ª categoría | 50% (cincuenta por ciento) del monto estipulado en el Art. 215º del Código de Minería |
AMPLIATORIA DE INFORMACIÓN | ||
B.3.1)
Res. Nº 637/19 |
Ampliatoria complementaria inferior (cuando no obedezca a temas fundamentales pero si necesarios y contemplados en el marco normativo) | $ 2.130 (pesos dos mil ciento treinta) |
B.3.2)
Res. Nº 637/19 |
Ampliatoria complementaria media (cuando lo requerido pueda ser considerado como fundamental) | $ 5.300 (pesos cinco mil trescientos ) |
B.3.3)
Res. Nº 637/19 |
Ampliatoria complementaria superior (cuando se incurriera en errores graves, falta de información relevante, etc.) | $14.635 (pesos catorce mil seiscientos treinta y cinco) |
B.3.4)
Res. Nº 637/19 |
Incoherencia en la información solicitada (cuando se evidencien incoherencias, contradicciones, etc. que indiquen claramente una falta de criterio en la presentación | $42.320 (pesos cuarenta y dos mil trescientos veinte ) |
REGISTROS, DERECHOS Y SANCIONES DE MINERÍA | ||
Arena | ||
Res. Nº 489/19 | Registro de productor arenero | $2.417 (pesos dos mil cuatrocientos diecisiete) |
Res. Nº 489/19 | Derecho de concesión de arena | $7.259 (pesos siete mil doscientos cincuenta y nueve) |
Res. Nº 489/19 | Permiso provisorio para explotación de arena por seis (6) meses | $3.639 (pesos tres mil seiscientos treinta y nueve) |
Res. Nº 489/19 | Permiso extraordinario para explotación de arena por treinta (30) días | $6.045 (pesos seis mil cuarenta y cinco) |
Res. Nº 489/19 | Derecho de explotación de arena | $/ m 6 (pesos seis por metro cúbico) |
SANCIONES ARENA | ||
A)
Res. Nº 818/09 |
Realización de actividades extractivas sin concesión vigente y/o permiso | Valor en pesos equivalente a dos mil (2.000) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes y la clausura de la arenera hasta que de cumplimiento con la solicitud de concesión y/o permiso, la que se hará lugar previo pago de la multa. |
B)
Res. Nº 818/09 |
Extracciones realizadas con embarcación y/o draga distinta a la declarada y sin la correspondiente autorización emanada del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente | Valor en pesos equivalente a quinientos (500) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes y la obligación de solicitar la correspondiente autorización en un término de quince (15) días corridos contados desde la fecha de aplicación de la infracción y previo pago de la multa. En caso de reincidencia, por cada una de ellas, se duplicará los litros de nafta súper |
D)
Res. Nº 818/09 |
Extracciones realizadas fuera del lugar concesionado, sin autorización emanada del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente | |
D.1) | Para la primera infracción | Valor en pesos equivalente a mil (1.000) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA)con asiento en la ciudad de Corrientes |
D.2) | Para la segunda infracción Valor |
Valor en pesos equivalente a dos mil (2.000) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes y la caducidad de la concesión y/o permiso de explotación |
E)
Res. Nº 818/09 |
Refulado de arena fuera de la pileta, silos u otra construcción que no fuera la declarada en la jurisdicción de la provincia de Corrientes y sin la correspondiente autorización emanada del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente | |
E.1) | Para la primera infracción | Valor en pesos equivalente a mil (1.000) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes |
E.2) | Para la segunda infracción | Valor en pesos equivalente a dos mil (2.000) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes y la caducidad de la concesión y/o permiso de explotación |
E.3)
Res. Nº 637/19 |
Arancel para Citación de Linderos | $540 (pesos quinientos cuarenta) |
F)
Res. Nº 818/09 |
Extracción de arena en jurisdicción de la provincia de Corrientes y refulada directamente en una pileta, silos u otra construcción que se encuentre en jurisdicción de otra provincia y sin la correspondiente autorización emanada del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente | |
F.1) | Para la primera infracción | Valor en pesos equivalente a cinco mil (5.000) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes y el pago del volumen extraído, de acuerdo a lo informado por la Prefectura Naval Argentina |
F.2) | Para la segunda infracción | Valor en pesos equivalente a siete mil (7.000) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes y la caducidad de la concesión y/o permiso de explotación |
G)
Res. Nº 818/09 |
Realización de trabajos de explotación cuyos volúmenes no fueron declarados | |
G.1) | Para la primera infracción | Valor en pesos equivalente a quinientos (500) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes y la obligación de presentar la correspondiente declaración jurada, en el término de diez (10) días contado a partir de la notificación de la sanción aplicada |
G.2) | Para la segunda infracción | Valor en pesos equivalente a mil (1.000) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes y la obligación de presentar la correspondiente declaración jurada, en el término de diez (10) días contado a partir de la notificación de la sanción aplicada |
G.3) | Para la tercera infracción | Valor en pesos equivalente a mil quinientos (1.500) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes y la obligación de presentar la correspondiente declaración jurada, en el término de diez (10) días contado a partir de la notificación de la sanción aplicada y la caducidad de la concesión y/o permiso de explotación |
H)
Res. Nº 490/19 |
Incumplimiento en la presentación de la Declaración Jurada en los términos establecidos en los artículos 16 y 17 | Corresponderá una multa automática de $1.164 (pesos mil ciento sesenta y cuatro) |
J)
Res. Nº 818/09 |
Cuando se comprobare falsedad en las declaraciones juradas de extracción | |
J.1) | Para la primera infracción | Valor en pesos equivalente a quinientos (500) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes y la obligación del pago de los derechos de explotación correspondiente al volumen no declarado dentro del término de quince (15) días |
J.2) | Para la segunda infracción | Valor en pesos equivalente a mil (1.000) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes y la obligación del pago de los derechos de explotación correspondiente al volumen no declarado dentro del término de quince (15) días |
J.3) | Para la tercera infracción | Valor en pesos equivalente a mil quinientos (1.500) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes y la obligación del pago de los derechos de explotación correspondiente al volumen no declarado dentro del término de quince (15) días y la caducidad de la concesión y/o permiso de explotación |
K)
Res. Nº 249/13 |
Incumplimiento en la presentación de la documentación o información solicitado por el ICAA. | |
K.1) | Para la primera infracción | Valor en pesos equivalente a cien (100) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes |
K.2) | Para la segunda infracción | Valor en pesos equivalente a doscientos (200) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes. |
K.3) | Para la tercera infracción | Valor en pesos equivalente a trescientos (300) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes |
L)
Res. Nº 249/13 |
Reiteración de Infracciones | A partir de la cuarta infracción cometida en contravención a lo establecido por las normativas vigentes, se procederá a la duplicación de la multa inmediata anterior |
ÁRIDOS | ||
Res. Nº 491/19 | Registro de productor de áridos | $24.013 (pesos veinticuatro mil trece) |
Res. Nº 491/19 | Derecho de control y fiscalización de explotación de áridos | Basalto triturado: $/ton 8 ( pesos ocho por tonelada) |
Res. Nº 491/19 | Canto rodado: $/ton 7 (pesos siete por tonelada) | |
Res. Nº 491/19 | Ripio: $/ton $5 (pesos cinco por tonelada) | |
Res. Nº 077/19 | Arcilla y limo: $/ton 2 (pesos dos por tonelada ) | |
Res. Nº 077/19 | Piedra laja: $/ton 5 (pesos cinco por tonelada ) | |
SANCIONES ÁRIDOS | ||
Art.12
A) Res. Nº 819/18 |
Realización de actividades extractivas sin estar inscripto en el registro de productores de áridos | Valor en pesos equivalente a mil (5.000) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes y la clausura de la cantera hasta que de cumplimiento con la inscripción y/o renovación del Registro, la que se hará lugar previo pago de la multa |
B)
Res. Nº 819/18 |
Realización de actividades extractivas cuyo volumen no ha sido declarado | |
B.1) | Para la primera infracción | Valor en pesos equivalente a quinientos (500) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes y la obligación de presentar la correspondiente declaración jurada, en el término de diez (10) días contados a partir de la notificación de la sanción |
B.2) | Para la segunda infracción | Valor en pesos equivalente a mil (1.000) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes y la obligación de presentar la correspondiente declaración jurada, en el término de diez (10) días contados a partir de la notificación de la sanción |
B.3) | Para la tercera infracción | Valor en pesos equivalente a mil quinientos (1.500) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes y la obligación de presentar la correspondiente declaración jurada, en el término de diez (10) días contado a partir de la notificación de la sanción y la caducidad del Registro de Productor de Áridos |
C)
Res. Nº 077/19 – Art 3º |
Incumplimiento en la presentación de la Declaración Jurada en los términos de los artículos 8º y 9º de la Resolución Nº 819/09 y corresponderá una multa automática.- | $962 (pesos novecientos sesenta y dos) |
C.2)
Res. Nº 102/18 |
Establecer que las multas mencionadas en este artículo serán actualizadas cada seis (6) meses, tomando como base la variación semestral del Índice del Costo de la Construcción, a partir del mes de enero de 2018. | |
D)
Res. Nº 819/18
|
Extracciones realizadas fuera de la(s) cantera(s) declarada(s) al obtener el registro de productores de áridos y sin haber comunicado debidamente al Instituto Correntino del Agua y del Ambiente de la(s) existencia (s) de la(s) misma(s) | |
D.1) | Para la primera infracción | Valor en pesos equivalente a mil (1.000) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes |
D.2) | Para la segunda infracción | Valor en pesos equivalente a dos mil (2.000) litros de nafta súper. Valor del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes y la caducidad del registro de productor de áridos |
Toda operación bancaria efectuada por los interesados deberá ser comunicada al ICAA, presentando y/o enviando el comprobante de la operación por fax al (0379) 4460960 ó 4431273 ó por correo electrónico a pagoseconomica.icaa@corrientes.gob.ar especificando el número de expediente. Depósito o transferencia Cuenta Corriente Banco de Corrientes S.A. Casa Matriz 130704/002 Instituto Correntino del Agua y del Ambiente – CUIT 30-60809025-4 CBU 0940099314001307040022. | ||
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | VALOR |
ISLAS FISCALES | ||
C.1)
Res. Nº 637/19 |
Solicitud de concesión en arrendamiento de Islas Fiscales | $540 (pesos quinientos cuarenta ) |
Res. Nº 659/19 | Derecho de concesión y/o Derecho de arrendamiento | $4.413 (pesos cuatro mil cuatrocientos trece) |
Res. Nº 659/19 | Canon por actividad ganadera | $14,50 /ha/mes (pesos catorce con cincuenta centavos por hectárea por mes). |
Res. Nº 659/19 | Canon por actividad turística para cabaña (por persona por mes) cada dos hectáreas | $372 ( pesos trescientos setenta y dos) |
Res. Nº 659/19 | Canon por actividad turística para quincho o parador (una hectárea para el complejo) | $1.480/mes (pesos un mil cuatrocientos ochenta) |
Res. Nº 659/19 | Canon por actividad turística para turismo de aventura por hectárea por mes. | $16 /ha/mes (pesos dieciséis por hectárea por mes) |
Res. Nº 659/19 | Canon por explotación agrícola | $71/ha/mes (pesos setenta y uno por hectárea por mes) |
Res. Nº 659/19 | Canon por explotación apícola | $71/ha/mes (pesos setenta y uno por hectárea por mes) |
Res. Nº 627/18 | Monto de canon de amarraderos de barcazas en zonas ribereñas de islas fiscales, por semestre: | Equivalente a litros de Gasoil Grado 2 del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la Ciudad de Corrientes: valor en pesos equivalente un (1) litro, para franja de un (1) metro de largo paralelo a la costa por cincuenta (50) metros de ancho. |
TIERRAS FISCALES | ||
Valores indicados como nuevos precios para Solares y Lotes |
Resolución Nº 073/19 |
Res. Nº 637/19 Res. Nº 637/19 Más $ 10,43 (pesos diez con cuarenta y tres centavos ) por 1/ha. Res. Nº 637/19 pesos novecientos ($900,-) más diez con cuarenta y tres centavos ($10,43) por hectárea (1/ha). Res. Nº 637/19 Res. Nº 637/19 Res. Nº 637/19 Res. Nº 637/19 Res. Nº 637/19 Res. Nº 637/19 Res. Nº 637/19 Res. Nº 637/19 Res. Nº 637/19 Res. Nº 637/19 Res. Nº 637/19 Res. Nº 637/19 Res. Nº 637/19 Res. Nº 637/19
Toda operación bancaria efectuada por los interesados deberá ser comunicada al ICAA, presentando y/o enviando el comprobante de la operación por fax al (0379) 4460960 ó 4431273 ó por correo electrónico a pagoseconomica.icaa@corrientes.gob.ar especificando el número de expediente. Depósito o transferencia Cuenta Corriente Banco de Corrientes S.A. Casa Matriz 130704/002 Instituto Correntino del Agua y del Ambiente – CUIT 30-60809025-4 CBU 0940099314001307040022.
ÍTEM
DESCRIPCIÓN
VALOR
D.1.1)
Gestión administrativa en la temática hídrica
$540 (pesos quinientos cuarenta )
D.2.1)
Certificado de no inundabilidad en los que se proyecten asentamientos urbanos
$2.930 (pesos mil novecientos treinta)
D.2.2)
Certificado de no inundabilidad para inmuebles rurales
D.2.4)
Permiso de obra hidráulica (presas, canales, puentes, caminos, estaciones de bombeo, etc.)
0,1% (cero uno por ciento) del monto de la obra
D.2.5)
Aprobación de estudios hidrológicos
$10.740 (diez mil setecientos cuarenta )
D.2.6)
Certificado de cumplimiento del artículo 10 de la Ley Nº 26.737 y su Decreto Reglamentario Nº 274/12
$15.880 (pesos quince mil ochocientos ochenta)
D.2.8)
Emisión de Registro Meteorológico Estación ICAA: por informe mensual por única vez:
$ 390 (pesos pesos trescientos noventa )
D.2.8.1)
Emisión de Registro Meteorológico Estación ICAA: para emisiones por periodos posteriores al cincuenta por ciento (50%) del valor de D.2.8)
$200 (pesos doscientos)
D.2.9)
Certificado de no inundabilidad para Loteo
$8.720 (pesos ocho mil setecientos veinte) por lote proyectado
D.2.7)
CERTIFICADO DE CAPACIDAD PERFORANTE
D.2.7.1)
De 0 a 50 metros de perforación
Valor en pesos equivalente a cien (100) litros de nafta súper del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes.
D.2.7.2)
De 51 a 200 metros de perforación
Valor en pesos equivalente a trescientos (300) litros de nafta súper del Automóvil Club Argentino (ACA) con asiento en la ciudad de Corrientes.
D.2.7.3)
Mas de 200 metros de perforación
Valor en pesos equivalente a ochocientos (800) litros de nafta súper del Automóvil Club Argentino (ACA) con
AMPLIATORIA DE INFORMACIÓN
D.3.1)
Ampliatoria complementaria inferior (cuando no obedezca a temas fundamentales pero si necesarios y contemplados en el marco normativo)
$ 2.130 (pesos dos mil ciento treinta )
D.3.2)
Ampliatoria complementaria media (cuando lo requerido pueda ser considerado como fundamental)
$5.300 (pesos cinco mil trescientos)
D.3.3)
Ampliatoria complementaria superior (cuando se incurriera en errores graves, falta de información relevante, etcétera)
$15.880 (pesos quince mil ochocientos ochenta)
D.3.4)
Incoherencia en la información solicitada (cuando se evidencien incoherencias, contradicciones, etcétera que indiquen claramente una falta de criterio en la presentación)
$42.320 (pesos cuarenta y dos mil trescientos veinte)
D.4)
Registro de Consultores de Estudios Hidrológicos y Geológicos, Registro Público para Perforistas y Registro Público de Concesiones de Agua Subterránea para Usos Industriales, Agropecuarios, Termales y/o Recreativos
D.4.1)
Registro de Empresas Consultoras de Estudios
Hidrogeológicos y Geológicos Registro Persona Física – Inscripción$12.480 (pesos doce mil cuatrocientos ochenta)
D.4.2)
Registro de Empresas Consultoras de Estudios
Hidrogeológicos y Geológicos Registro Persona Física – Renovación$6.240 (pesos seis mil doscientos cuarenta)
D.4.3)
Registro de Empresas Consultoras de Estudios
Hidrogeológicos y Geológicos Registro Persona Jurídica – Inscripción$49.910 (pesos cuarenta y nueve mil novecientos diez)
D.4.4)
Registro de Empresas Consultoras de Estudios
Hidrogeológicos y Geológicos Registro Persona Jurídica -Renovación$24.960 (pesos veinticuatro mil novecientos sesenta )
REPCA - EMPRESAS CONSULTORAS
EMPRESA CONSULTORA
1) Nota designado el representante legal y el Coordinador Ambiental.
2) Constancias de inscripción ante la AFIP de CUIT y en la Dirección General de Rentas (DGR) de la Provincia de Corrientes.
COORDINADOR AMBIENTAL
1) Título universitario expedido por Universidad Pública Nacional o Privada o Extranjera, debidamente revalidado, debidamente certificado, constancia de matrícula vigente, si correspondiere en caso de tratarse de profesión de colegiación obligatoria tanto para la inscripción como así también para la renovación anual. (Las copias del título Universitario deben estar certificadas).
2) Título de carrera de Posgrado (especialización, maestría y/o doctorado) en Gestión Ambiental o Evaluación de Impacto Ambiental y/o Certificados de Capacitación y/o trabajos efectuados o en su defecto gestión y/o experticia en la materia ambiental. (Las copias del título Posgrado y/o certificados de capacitaciones deben estar certificadas).
3) Copias certificadas del DNI.
4) Currículum Vitae.
Documental establecida por ANEXO A DE LA RESOLUCIÓN N° 430/2021
REPCA PROFESIONALES INDEPENDIENTES
1) Título universitario expedido por Universidad Pública Nacional o Privada o Extranjera, debidamente revalidado, certificado por autoridad competente, constancia de matrícula vigente, si correspondiere en caso de tratarse de profesión de colegiación obligatoria tanto para la inscripción como así también para la renovación anual. (Las copias del título Universitario debidamente certificadas).
2) Título de carrera de Posgrado (especialización, maestría y/o doctorado) en Gestión Ambiental o Evaluación de Impacto Ambiental y/o Certificados de Capacitación y/o trabajos efectuados o en su defecto gestión y/o experticia en la materia ambiental. (Las copias del título Posgrado y/o certificados de capacitaciones debidamente certificadas).
3) Copias certificadas del DNI.
4) Constancias actualizadas de inscripción ante la AFIP de CUIT y en la Dirección General de Rentas (DGR) de la Provincia de Corrientes.
5) Currículum Vitae.
Documental establecida por ANEXO B DE LA RESOLUCIÓN N° 430/2021
Municipio | Departamento | Dirección | Consultar |
---|---|---|---|
Corrientes | Capital | 25 de Mayo 1900 | ver |
Bella Vista | Bella Vista | Santa Fe esq. Corrientes. | ver |
Berón de Astrada | Berón de Astrada | 9 de Julio s/n. | ver |
Bonpland | Paso de los Libres | Av. San Martín s/n. | ver |
Cazadores Correntinos | Curuzú Cuatiá | Calle Pública s/n. | ver |
Caá Catí | General Paz | Blanco Vega 463. | ver |
Cecilio Echavarría | Lavalle | Berón de Astrada y P. Quiroz. | ver |
Chavarría | San Roque | Astrada y P. Quiroz. | ver |
Colonia Carlos Pellegrini | San Martín | Yaguareté y Ñangapiry. | ver |
Colonia Carolina | Goya | B° San Antonio s/n. | ver |
Colonia Libertad | Monte Caseros | Calle Pública s/n. | ver |
Colonia Liebig | Ituzaingó | Belgrano y Moreno s/n. | ver |
Colonia Pando | San Roque | Av. Corrientes s/n. | ver |
Concepción del Yaguareté Corá | Concepción | San Martín 555. | ver |
Cruz de los Milagros | Lavalle | Ruta 27 s/n. | ver |
Curuzú Cuatiá | Curuzú Cuatiá | Berón de Astrada 565. | ver |
El Sombrero | Empedrado | Calle Pública s/n. | ver |
Empedrado | Empedrado | Bartolomé Mitre 1190. | ver |
Municipio X | Departamento X | Dirección X | ver |
Esquina | Esquina | 25 de Mayo 511. | ver |
Estación Torrent | General Alvear | Luis Calvo s/n. | ver |
Felipe Yofre | Mercedes | San Martín y Pago Largo. | ver |