El proponente presenta ante MESA DE ENTRADAS (Vía e-mail a mesadeentradas@icaa.gov.ar) la documentación requerida (contenida en los formularios, página web, etc.) en doble formato, físico y digital.
En este caso, en particular, el criterio es que cada modificación en el uso de suelo genera un proyecto de tipo productivo ya que se utiliza un recurso con un fin económico específico. Por esta causa se requiere la presentación inicial del FPR (Formulario de Pre-Requisitos) a los efectos de que se evalúe la viabilidad hidráulica y ambiental, que derivará en la futura presentación de un proyecto específico, si así se considera.
El agente que lo recibe realiza el CHECKLIST y completa el Formulario B correspondiente, iniciando el expediente (Imprime Formulario B y entrega copia al proponente).
PUNTO DE CONTROL: Si la documentación no está completa, NO se inicia el trámite por defecto.
Cuando se recibe documentación para anexar a un expediente, la misma, indefectiblemente debe presentar la solicitud de presentación de alguna de las áreas del instituto o, en su defecto, justificación válida con nota adjunta explicando el o los motivos por los cuales se presenta tal documentación, siguiendo los mismos pasos que si fuera un expediente.
Una vez recibido e iniciado el expediente, será analizado con el siguiente proceso:
a) VERIFICACIÓN ECONÓMICA: destinada a comprobar que lo aranceles establecidos se cumplan y se generen, y envíen, los recibos correspondientes.
b) ANÁLISIS TÉCNICO: a través de la Coordinación de Áreas Técnicas (CAT) se realizan los análisis interdisciplinarios de todo el proyecto. Este análisis, inicialmente, deriva en el cálculo del Nivel de Complejidad Ambiental (NCA) a efectos de comparar los resultados que se presentan en el proyecto inicial y autorizar la presentación del Proyecto Definitivo.
c) AUTORIZACIÓN: si el análisis técnico inicial es positivo, desde el ICAA se solicita y autoriza la presentación del Proyecto Definitivo (icaa.gov.ar/proyectos) y su correspondiente estudio ambiental, según corresponda.
Al recibir la comunicación de que se autoriza la presentación del Proyecto Definitivo, el proponente deberá cumplir con los requisitos de presentación que se le informen en el plazo perentorio que se imponga. Una vez que se presentan el Proyecto Definitivo y su correspondiente estudio de impacto ambiental, según lo solicitado por nuestra institución, el trámite sigue su curso a través de los siguientes procesos:
a) ANÁLISIS TÉCNICO: implica el estudio interdisciplinario de los agentes técnicos del ICAA, a efectos de comprobar, según lo presentado, si lo que se propone cumple con las normativas vigentes. Este análisis es integral, es decir que comprende todos los departamentos técnicos institucionales, y como conclusión se emite un Informe Técnico Final, instrumento previo al acto administrativo, si corresponde.
b) VERIFICACIÓN: es el proceso por el cual, nuestros agentes fiscalizan la localización de emplazamiento del proyecto y comprueban si lo presentado en el expediente es coincidente con lo que se ve en el lugar. Si todo es correcto y coincidente, se genera un Informe de Fiscalización previo al Informe Técnico Final.
c) ÁREAS DE SOPORTE: a los efectos de establecer el arancelamiento correspondiente, su cobro y la comprobación jurídica del expediente, éste atraviesa una serie de procesos y requisitos que se dan en áreas administrativas de soporte que verifican las últimas instancias antes del acto administrativo.
d) RESOLUCIÓN: si el expediente cumple con todos los requisitos administrativos, contables y jurídicos, se genera la resolución (acto administrativo) correspondiente otorgando lo solicitado por el proponente.
Esto constituye el final de todo el trámite.
Al finalizar, el proponente recibirá una notificación en la que se informa y comparte el acto administrativo y los siguientes pasos o etapas, si las hubiere, para mantener vigente lo otorgado.
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Según el tipo de presentación que deba realizar, por favor pongasé en contacto con nuestros asesores y consulte específicamente la documental que deberá adjuntar
1) Declaratoria Nacional expedida por la Dirección Nacional de Control de Puertos y Vías/ Navegables o del organismo que lo reemplace.
2) Memoria descriptiva del desarrollo de la actividad que deberá contener: datos de la embarcación, dimensiones, estructura, capacidad de carga de la bodega en metros cúbicos (m3), cantidad y capacidad de las bombas extractoras, rendimiento, dotación, equipamiento.
3) Descripción de etapas del proceso primario (succión, tamizado, descarga en pileta de secado, carga y transporte de materia prima, infraestructura asociada), profundidad de explotación, sistema de drenaje. Mapa general de la zona que será explotada, el cual delimite con precisión las áreas a explotar por las embarcaciones actuantes. Días del año que se llevará a cabo la actividad extractiva. Distancia libre de explotación hacia el terreno firme e islas, teniendo en consideración el riesgo de erosión y posibles desmoronamientos.
4) Certificado de matrícula y de arqueo del barco arenero otorgado por la Prefectura Naval Argentina a nombre del solicitante; si la embarcación fuese alquilada, la certificación debe estar de igual manera otorgada por la Prefectura Naval Argentina a la empresa que otorga el alquiler.
5) Carta de navegación en el que deberá indicar con precisión, en coordenadas geográficas, el kilómetro en que se pretende operar para los ríos Paraná y Uruguay.
6) Plano de ubicación (escala 1:100) y especificaciones técnicas (incluyendo cañerías desde el barco) de la pileta de decantación, silo u otro tipo de construcción, la que deberá contar con la habilitación actualizada de la Municipalidad a la que pertenece (permiso de uso de suelo).
7) Constancia actualizada de inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
8) Constancia actualizada de inscripción ante la Dirección General de Rentas (DGR) de la provincia de Corrientes o Convenio Multilateral si correspondiere.
9) Certificado de libre deuda alimentaria actualizada, expedido por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Corrientes, de acuerdo con la Ley Nº 5.448 (en caso de personas jurídicas de los integrantes del Directorio) o el equivalente en su jurisdicción de estar ubicada en otra provincia.
10) Para proyectos cuyas piletas están ubicadas en otras provincias, deberá adjuntar la aprobación otorgada por la autoridad ambiental y minera provincial pertinente.
NOTA: Según la complejidad del proyecto, se podrá requerir la presentación de información y/o documentación complementaria.
REPCA - EMPRESAS CONSULTORAS
EMPRESA CONSULTORA
1) Nota designado el representante legal y el Coordinador Ambiental.
2) Constancias de inscripción ante la AFIP de CUIT y en la Dirección General de Rentas (DGR) de la Provincia de Corrientes.
COORDINADOR AMBIENTAL
1) Título universitario expedido por Universidad Pública Nacional o Privada o Extranjera, debidamente revalidado, debidamente certificado, constancia de matrícula vigente, si correspondiere en caso de tratarse de profesión de colegiación obligatoria tanto para la inscripción como así también para la renovación anual. (Las copias del título Universitario deben estar certificadas).
2) Título de carrera de Posgrado (especialización, maestría y/o doctorado) en Gestión Ambiental o Evaluación de Impacto Ambiental y/o Certificados de Capacitación y/o trabajos efectuados o en su defecto gestión y/o experticia en la materia ambiental. (Las copias del título Posgrado y/o certificados de capacitaciones deben estar certificadas).
3) Copias certificadas del DNI.
4) Currículum Vitae.
Documental establecida por ANEXO A DE LA RESOLUCIÓN N° 430/2021
REPCA PROFESIONALES INDEPENDIENTES
1) Título universitario expedido por Universidad Pública Nacional o Privada o Extranjera, debidamente revalidado, certificado por autoridad competente, constancia de matrícula vigente, si correspondiere en caso de tratarse de profesión de colegiación obligatoria tanto para la inscripción como así también para la renovación anual. (Las copias del título Universitario debidamente certificadas).
2) Título de carrera de Posgrado (especialización, maestría y/o doctorado) en Gestión Ambiental o Evaluación de Impacto Ambiental y/o Certificados de Capacitación y/o trabajos efectuados o en su defecto gestión y/o experticia en la materia ambiental. (Las copias del título Posgrado y/o certificados de capacitaciones debidamente certificadas).
3) Copias certificadas del DNI.
4) Constancias actualizadas de inscripción ante la AFIP de CUIT y en la Dirección General de Rentas (DGR) de la Provincia de Corrientes.
5) Currículum Vitae.
Documental establecida por ANEXO B DE LA RESOLUCIÓN N° 430/2021
Municipio | Departamento | Dirección | Consultar |
---|---|---|---|
Corrientes | Capital | 25 de Mayo 1900 | ver |
Bella Vista | Bella Vista | Santa Fe esq. Corrientes. | ver |
Berón de Astrada | Berón de Astrada | 9 de Julio s/n. | ver |
Bonpland | Paso de los Libres | Av. San Martín s/n. | ver |
Cazadores Correntinos | Curuzú Cuatiá | Calle Pública s/n. | ver |
Caá Catí | General Paz | Blanco Vega 463. | ver |
Cecilio Echavarría | Lavalle | Berón de Astrada y P. Quiroz. | ver |
Chavarría | San Roque | Astrada y P. Quiroz. | ver |
Colonia Carlos Pellegrini | San Martín | Yaguareté y Ñangapiry. | ver |
Colonia Carolina | Goya | B° San Antonio s/n. | ver |
Colonia Libertad | Monte Caseros | Calle Pública s/n. | ver |
Colonia Liebig | Ituzaingó | Belgrano y Moreno s/n. | ver |
Colonia Pando | San Roque | Av. Corrientes s/n. | ver |
Concepción del Yaguareté Corá | Concepción | San Martín 555. | ver |
Cruz de los Milagros | Lavalle | Ruta 27 s/n. | ver |
Curuzú Cuatiá | Curuzú Cuatiá | Berón de Astrada 565. | ver |
El Sombrero | Empedrado | Calle Pública s/n. | ver |
Empedrado | Empedrado | Bartolomé Mitre 1190. | ver |
Municipio X | Departamento X | Dirección X | ver |
Esquina | Esquina | 25 de Mayo 511. | ver |
Estación Torrent | General Alvear | Luis Calvo s/n. | ver |
Felipe Yofre | Mercedes | San Martín y Pago Largo. | ver |