01 Jul Estudios de Impacto Ambiental (EsIA).
El EsIA es un documento técnico identificando los posibles impactos, la posibilidad de corregirlos, los efectos que producirán. Es un estudio multidisciplinar con datos que deben indicar cómo el proyecto afectará al clima, suelo, agua, valores culturales y/o históricos. También debe analizar la legislación, como afectará a las actividades humanas: agricultura, empleo, calidad de vida.
El análisis de estos estudios requiere la capacitación de los técnicos del organismo provincial que se actualizan permanentemente ante el avance tecnológico y científico relacionado a las cuestiones ambientales.
El Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) tiene un rol de relevante importancia ya que permite garantizar el control necesario de cumplimiento de las medidas previstas, verificar el grado de cumplimiento así como modificar aquellas que requieran nuevas medidas.
CONTENIDOS ESTABLECIDOS PARA LA PRESENTACION DEL EsIA
Los proyectos deberán incluir un estudio de Impacto Ambiental que contendrá, al menos, los siguientes datos:
1) Descripción del proyecto y sus acciones;
2) Examen de alternativas técnicamente viables, y justificación de la solución adoptada;
3) Inventario ambiental y descripciones de las interacciones ecológicas o ambientales claves;
4) Identificación y valoración de impactos, tanto en la solución propuesta como en sus alternativas;
5) Establecimientos de medidas protectoras y correctoras;
6) Programa de vigilancia ambiental;
7) Documentos de síntesis.-
Evaluación de Impacto ambiental
La provincia de Corrientes es pionera en la implementación de normativas para la realización de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).
A partir de la creación del ICAA, la gestión ambiental se centró en la puesta en práctica de la Ley N º 5067 de Evaluación de Impacto Ambiental aplicable a todas las obras, instalaciones o actividades, tanto públicas como privadas, que puedan impactar al medio ambiente de la provincia.
Ello significó llevar adelante un conjunto de acciones que buscan lograr la máxima racionalidad en el proceso de decisión relativo a la conservación, defensa, protección y mejora del medio ambiente, sustentados en análisis científicos y técnicos.
Se generó además una serie de normativas para asegurar el marco legal de las acciones, entre ellas la creación del Registro de Consultores Ambientales; Multas por incumplimiento de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental e informes ambientales de actividades productivas, y fomento de la creación de leyes provinciales, entre ellas La ley de Reafirmación de Derechos sobre el Acuífero Guaraní.
Para ello se lleva adelante el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) que inicia con la presentación de Aviso de Proyecto. Se analizan los documentos que integran los Informes Ambientales o Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) según corresponda y los controles de aplicación de los planes de vigilancia.
No es un procedimiento de precisión y exactitud, sino el inicio de un camino de gestión ambiental, el más operativo que se registra, para encuadrar la acción en el objetivo del desarrollo sustentable.
Metodológicamente permite verificar como incide cada acción de un proyecto a desarrollar sobre cada uno de los factores ambientales del área territorial que se considere posible de ser modificada.
Esta incidencia tendrá en cuenta criterios como la dimensión del área a afectar, la gravedad de la afectación, la posibilidad de ser revertida, entre otros.
De esa ponderación surgirán las medidas que deberán adoptarse para corregir, mitigar o realizar acciones compensatorias que permitan poner dentro de valores ambientalmente aceptables los desajustes detectados.
La evaluación de impacto ambiental que lleva adelante el organismo provincial está sustentada en el marco jurídico en base a normativas nacionales y provinciales, en este sentido la Ley 5067, aunque no está reglamentada es operativa y permite aplicar el proceso de EIA una herramienta utilizada para prevenir y mitigar impactos.
El concepto de Evaluación de Impacto Ambiental se refiere a la modificación o trasformación que toda intervención humana produce sobre la situación preexistente.
Es decir que toda intervención tiene un costo y la evaluación de impacto ambiental y social es un instrumento que da lugar a una estrategia para reducir los costos negativos y potenciar los positivos.
Los especialistas señalan que «no es una fórmula matemática para predecir que ocurrirá sino una interpretación valorada de proyecto y medio social y ambiental frente a una realidad culturalmente variable y dinámica. Es un camino para construir futuro, evitando daños irreversibles».
Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA)
El ARTICULO 15º de la Ley 5067 señala:
La Declaración de Impacto Ambiental contendrá: La conveniencia o no de realizar el proyecto, y en caso afirmativo fijará las condiciones en que deba realizarse.
Deberá contener las especificaciones concretas sobre protección del medio ambiente.
Incluirá las prescripciones pertinentes sobre la forma de realizar el seguimiento del proyecto de conformidad con el programa de vigilancia ambiental.