Sistema Acuífero Guaraní (SAG) en la Provincia de Corrientes
En la provincia de Corrientes, la gestión sobre las aguas subterráneas se ve facilitada al contar desde el año 2001 con una única autoridad de aplicación -el Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA) y con un Código de Aguas.
En este sentido la gestión se desarrolla en forma integrada con la participación de áreas de la Gerencia de Ingeniería, Gerencia de Gestión Ambiental y Gerencia de Asesoría Jurídica.
Las necesidades en relación a la gestión sobre las aguas subterráneas que fueron plasmadas por la provincia en el Plan Provincial de Recursos Hídricos en el que se plantea el requerimiento de contar con mayor información para elaborar planes estratégicos relativos e instrumentar acciones que involucren el tratamiento de las aguas superficiales y subterráneas de manera conjunta.
Ambiental
En materia ambiental en Corrientes se cuenta con una serie de normativas, medidas de prevención y participación ciudadana. Las normativas aplicables comprenden, la Ley N º 24585 de Evaluación de Impacto Ambiental para la Actividad Minera , la Ley N º 5067 de Evaluación de Impacto Ambiental y la Resolución N º 417/06 del ICAA que armoniza los requerimientos establecidos en dichas leyes para el Estudio de Impacto Ambiental.
El Estudio de Impacto Ambiental se requiere previamente a toda actividad (ya sea para la construcción de un pozo de exploración o extracción de aguas subterráneas) el Artículo 57 de la Constitución de la Provincia de Corrientes: “la determinación previa del proceso de evaluación del impacto ambiental es obligatoria para todo emprendimiento público o privado, susceptible de causar efectos relevantes en el ambiente” y la Ley N º 5641 en su artículo 3º.
En relación a las sanciones establecidas se indica que una vez otorgada la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) -que contiene el Plan de Gestión Ambiental- en caso de incumplimiento, se aplican las sanciones previstas en la Ley N º 5067 (art. 24) y las que eventualmente correspondieren en el marco del Código de Aguas.
La Participación Ciudadana fue implementada a través de la realización de Audiencias Públicas Ambientales que para el caso de los proyectos relacionados con el Acuífero Guaraní están establecidas en el artículo 3º de la Ley de Protección del Acuífero Guaraní Nº 5641, que establece la obligación para todos los proyectos de contar no sólo con la Evaluación del Impacto Ambiental -según lo establecido por la Ley N º 5067- sino también deben “ser sometidos a Audiencia Pública en todos los casos”
Protección
En la provincia de Corrientes se instrumentaron una serie de acciones relacionadas con la protección del Acuífero Guaraní, entre ellas la creación del Catastro de Aguas Superficiales y Subterráneas, previstas en el artículo 279 y siguientes del Código de Aguas y en la Resolución ICAA Nº 282/07 referida al Registro para Explotación y Perforación de Aguas Subterráneas.
Así también el Plan de Ordenamiento Territorial, regulado en la Constitución de la provincia recientemente reformada e incorporado en el Capítulo XII la temática del Ordenamiento Territorial Ambiental (arts. 61 a 66).
En relación a la construcción de pozos se prevé acordar con los gobiernos regionales del NEA -en el marco del Consejo Hídrico Federal (COHIFE)- la adopción de las Normas Técnicas establecidas para el Proyecto Piloto Concordia-Salto referenciadas en los Estudios de Impacto Ambiental presentados en la provincia.
Perforación profunda en la provincia
Monte Caseros
A fines del 2006 la Municipalidad de Monte Caseros solicitó al ICAA la viabilidad ambiental para el proyecto“Perforación profunda con fines de aprovechamiento de aguas termales”. Tal como lo estipula la Ley 5067 se efectuó la Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) presentado.
En el marco de la EIA se realizó la Audiencia Ambiental para poner a consideración pública el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) y escuchar las opiniones de vecinos y representantes de asociaciones de la sociedad civil. El acto se realizó el 27-03-2007 en el Salón de la Municipalidad de Monte Caseros. Expusieron sus opiniones 12 ciudadanos y asistieron más de 200 vecinos.
Por Resolución ICAA Nº 333/07 se otorgó la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) por la que se autoriza a los efectos ambientales a realizar la perforación según el proyecto presentado, estableciéndose que deberán cumplirse las medidas de mitigación, planes de monitoreo y contingencia comprometidos en el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA).
Previamente al incio de la perforación se realizó la auditoria al equipamiento de la empresa perforista para determinar su capacidad perforante, acorde con la envergadura del Proyecto. Iniciadas las tareas de perforación, el ICAA, como autoridad de recursos hídricos, efectuó la supervisión y control en todas las etapas.
Fueron monitoreados las aplicaciones de:
*Plan de gestión ambiental.
*Técnicas del “Manual de Perforaciones Profundas de pozos tubulares para Investigación y captación de agua subterránea en el Sistema Acuífero Guaraní” elaborado por el Proyecto de Protección ambiental y desarrollo sostenible del Sistema Acuífero Guaraní.
*Muestreo del “cutting” de la perforación metro a metro que permitirá la construcción del Perfil geológico detallado. Es el primer pozo profundo que cuenta con esta información que será compartida con la comunidad científica que investiga al Acuífero Guaraní. Uno de estos estudios tiene por objeto determinar la edad del acuífero.
La perforación de exploración llegó hasta los 1.035 metros , quedando el pozo de explotación en 980 metros por ser el piso de la formación portadora del Acuífero Guaraní. Terminada y entubada la perforación comenzó la surgencia natural del agua el 08-09-2009 ante la presencia de los responsables del proyecto, empresa perforista y vecinos que se acercaron al lugar. Se instaló instrumental de medición y control como caudalímetros, manómetros y termómetros.
Curuzú Cuatiá
Pozo profundo para alumbramiento de agua termal en la Ciudad de Curuzú Cuatiá. Titular del Proyecto : Municipalidad de Curuzú Cuatiá.
Mercedes
Perforación profunda para captación de agua del Acuífero Guaraní en la Ciudad de Mercedes. Titular del Proyecto: Municipalidad de Mercedes.
Obras
Las obras de perforaciones profundas en la Provincia de Corrientes deben ser ejecutadas por Empresas Inscriptas en el Registro para Solicitud de Explotación y Perforación de Aguas Subterráneas según lo estipulado en el Artículo 53 del decreto Ley 191/01.
Los requisitos para las obras de perforaciones profundas incluyen profesionales, maquinas e instrumentos especializados inspeccionados por técnicos del ICAA y expertos especialmente contratados.